Amigo
Turista, te sugerimos observar previa contratación de algún servicio turístico
lo que se describe a continuación:
Agencia de Viajes.
Antes de contratar paquetes o servicios turísticos como
visitas guiadas, excursiones o paseos, es recomendable solicitar:
Bajo que
modalidad opera la agencia de viajes: mayorista o minorista
Itinerarios
impresos.
Explicación
detallada de los servicios que se incluyen (alimentos, bebidas, recorridos,
hospedaje, transportación).
Precio total.
Condiciones de
pago (anticipos y reembolso).
Condiciones de
cancelación.
En su caso de
rescindir el contrato, la agencia deberá rembolsar la cantidad recibida,
descontando únicamente los gastos efectuados por concepto de trámites básicos,
en la forma y en los términos que se hayan acordado el contrato respectivo.
En el caso de
paquetes turísticos que incluyan los servicios de guías de turistas, éstos
deben estar acreditados por la Secretaría de Turismo, así como el idioma que
utilizará.
Cuando contrate
otros servicios turísticos como deportes acuáticos o actividades recreativas y
de esparcimiento, es más seguro hacerlo a través del mismo hotel.
Si contratan los servicios de una empresa
operadora de buceo hay que pedir que muestren el reglamento interno con la
información sobre las condiciones de seguridad, estado del equipo y demás
aspectos técnicos.
Para mayor
seguridad, es preferible utilizar los servicios de taxis que estén en sitios
autorizados.
Guías de
Turistas.
La Secretaría de
Turismo acredita los conocimientos de los guías con una credencial y éstos
deben de informar cuáles son las tarifas, el tiempo de duración del servicio,
el idioma que se hablará y, en su caso, el número máximo de personas que
integrarán el grupo, que no podrá ser mayor de 25 personas,
asimismo el guía le deberá expedir el documento en el que se detalle los
servicios que usted está contratando.
Hospedaje
Todos los
proveedores del servicio de hospedaje están obligados a respetar los precios,
garantías, intereses, cargos, términos plazos, fechas, reservaciones y demás
condiciones que se ofrecieron y convinieron con el consumidor.
El
establecimiento de hospedaje deberá exhibir en la recepción las tarifas que
aplica y los servicios que incluye.
Todos los
establecimientos de hospedaje en sus habitaciones deberán exhibir, en lugar
visible, el reglamento interno del establecimiento
Todos los
establecimientos que cuentan con el servicio de cambio de moneda, deberán
exhibir el tipo de cambio vigente.
En el caso de que
usted haya reservado previamente y no le proporcionen el servicio, el
establecimiento está obligado a brindarle un servicio bajo las mismas
características y tarifas
Todos los
establecimientos de hospedaje deben de contar con un seguro de responsabilidad
civil para protección y seguridad de los usuarios. (Esta norma no es aplicable
a campamentos y paraderos de casas rodantes.)
Es obligatorio exhibir en lugar visible y fácilmente identificable los
formatos foliados y de porte pagado, para la presentación de sugerencias y
quejas.
Establecimientos de Alimentos y Bebidas.
Los establecimientos de alimentos y bebidas deberán exhibir en lugar
visible lo siguiente:
La lista de precios de alimentos y bebidas que ofrece el
establecimiento.
Por las características del establecimiento, si se requiere determinado
atuendo.
Le deberán informar también bajo qué circunstancias se reserva el
derecho de admisión el establecimiento.
Disponer en un lugar visible y fácilmente identificable los formatos
foliados y de porte pagado para la presentación de quejas y sugerencias.
Nota: Es importante que toda la información que los prestadores
de servicios turísticos le manifiesten o anuncien en sus establecimientos
deberá estar en idioma español independientemente de la utilización de otros
idiomas.
Para mayor información
sobre esta información, favor de comunicarse a la Dirección General
de Mejora Regulatoria.
Tel. (55) 3002-6300
Ext. 1244
E-mail: hcontreras@sectur.gob.mx
Fecha de
última actualización / revisión: octubre, 2007.